Puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Andaluz de Colegios de Administradores de Fincas, mediante un escrito manifestando su disconformidad y sus motivos, con el acuerdo adoptado en Resolución emitida por cualquiera de los Colegios Territoriales de Administradores de Fincas de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y en el plazo de un mes desde que recibe la referida resolución.
Este escrito pude presentarlo personalmente en el Colegio Territorial correspondiente o, enviarlo por correo electrónico – con firma digital – al siguiente correo electrónico
reclamacionesyrecursos@cafincas.org
Para su conocimiento, se transcribe el texto estatutario correspondiente al CAPÍTULO II. FUNCIONES, FINALIDADES Y COMPETENCIAS:
Artículo 3. El Consejo tiene las funciones siguientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 67/1995, de 29 de diciembre, de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales:
f) Resolver los recursos que se interpongan contra los actos y acuerdos de los Colegios, de acuerdo con lo que establezcan sus Estatutos.
g) Actuar disciplinariamente sobre los miembros del Consejo, así como sobre los componentes de las Juntas de Gobierno de los Colegios integrantes de aquél.